El día 30 de marzo del 2021, se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 90 de la Ley Federal del Trabajo, relativo al salario mínimo. Esta disposición establece que los salarios mínimos no podrán estar por debajo de la inflación ocurrida durante el año en curso correspondiente. Además, deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de una o un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos.

Lo anterior plantea ciertas dudas.

Para mayor información, favor de contactar a los laboralistas de esta firma José Ignacio Martín Márquez, Ramón Beteta y Alejandra Molinar.