Las sociedades mexicanas con participación extranjera en su capital social deben presentar en ciertos casos información trimestral y anualmente ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (el “RNIE”) mediante la presentación del aviso de actualización trimestral (“Aviso Trimestral”) y el informe económico anual (“Informe Anual”), respectivamente.

El Aviso Trimestral se presenta dentro de los diez días hábiles siguientes al cierre de cada trimestre; la fecha límite para la presentación del primer trimestre de 2020 es el próximo 16 de abril de 2020 y únicamente debe presentarse en el caso de caer en alguno de los siguientes supuestos y cuando la operación (excepto cambios de denominación social, de domicilio fiscal, en la actividad económica de la sociedad) o los cargos y abonos del trimestre en cuestión sean mayores al monto establecido anualmente por la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras (la “Comisión”), actualmente la cantidad de $20’000,000.00 M.N.

El Aviso Trimestral comprende (i) notificaciones respecto cambios de denominación social, de domicilio fiscal, en la actividad económica de la sociedad, modificaciones en la estructura accionaria / distribución del capital social, variaciones de capital y (ii) información económica trimestral que contempla pago de dividendos y transferencia del resultado del ejercicio a la cuenta de resultados acumulados, así como cargos y/o abonos derivados de:

a) Cuentas por cobrar a residentes en el exterior que formen parte del mismo grupo corporativo.
b) Cuentas por pagar a residentes en el exterior que formen parte del mismo grupo corporativo.
c) Aportaciones de socios o accionistas para futuros aumentos de capital, reservas de capital o resultado de ejercicios anteriores.

El Informe Anual comprende información contable, financiera, de empleo y de producción, con objeto de renovar la constancia de inscripción de la sociedad correspondiente ante dicha dependencia, y se presenta durante los primeros cinco meses de cada año, conforme al calendario previamente establecido y que depende de la letra con la cual inicia la denominación o razón social de la sociedad mexicana; de la A a la J, durante abril de cada año; y de la K a la Z, durante mayo de cada año. Este informe debe presentarse en caso de que, durante el ejercicio inmediato anterior, la sociedad haya tenido activos, pasivos, ingresos y/o gastos totales mayores a $110,000,000.00 M.N.

Es importante considerar que en ciertos casos, se requiere la presentación de documentación (detallada en los propios formatos) como copias de actas de asambleas firmadas, anexos con información de deudores y acreedores y los cuatro estados financieros básicos en español y debidamente firmados por la persona que los elaboró (no necesariamente auditados); estos últimos, indispensables para la presentación del informe anual.

En caso de que la sociedad se encuentre obligada a presentar el Aviso Trimestral y/o Informe Anual, se acompañan los formatos requeridos para ello, los cuales una vez requisitados sin ser alterados, deben imprimirse en hojas blancas tamaño oficio y firmados por el representante legal con facultades para ello.

Cabe mencionar que, como excepción, en virtud de la pandemia Covid-19, el Aviso Trimestral e Informe Anual podrán presentarse por correo electrónico dentro de los plazos establecidos. Para ello, agradeceremos nos hagan llegar por este medio el formato del Aviso y/o Informe Anual firmado/s por el representante legal, junto con los anexos correspondientes (todo en formato PDF). En caso de que surja algún cambio lo haremos de su conocimiento.

Finalmente, favor de tomar en cuenta que, en caso de que el Aviso Trimestral o Informe Anual se presenten de manera extemporánea, la autoridad impondrá una sanción económica, actualmente entre $2,606.40 y $8,688.00 M.N., dependiendo de los días de extemporaneidad en su presentación.

Quedamos a sus órdenes para la revisión y presentación ante el RNIE de ambos documentos, agradeciéndoles que, en caso de que estos sean atendidos por ustedes, nos compartan una copia de la documentación presentada para nuestros expedientes.

García Barragán Abogados